Warning: Undefined variable $content in /home/u922723800/domains/convenioandresbello.org/public_html/tabla/wp-content/plugins/acciona-tde-data-categorias-pais/acciona-tde-data-categorias-pais.php on line 36

Warning: Undefined variable $content in /home/u922723800/domains/convenioandresbello.org/public_html/tabla/wp-content/plugins/acciona-tde-data-categorias-pais/acciona-tde-data-categorias-pais.php on line 36

Warning: Undefined variable $content in /home/u922723800/domains/convenioandresbello.org/public_html/tabla/wp-content/plugins/acciona-tde-data-categorias-pais/acciona-tde-data-categorias-pais.php on line 36

Warning: Undefined variable $content in /home/u922723800/domains/convenioandresbello.org/public_html/tabla/wp-content/plugins/acciona-tde-data-categorias-pais/acciona-tde-data-categorias-pais.php on line 36

Warning: Undefined variable $content in /home/u922723800/domains/convenioandresbello.org/public_html/tabla/wp-content/plugins/acciona-tde-data-categorias-pais/acciona-tde-data-categorias-pais.php on line 36

Warning: Undefined variable $content in /home/u922723800/domains/convenioandresbello.org/public_html/tabla/wp-content/plugins/acciona-tde-data-categorias-pais/acciona-tde-data-categorias-pais.php on line 36

Warning: Undefined variable $content in /home/u922723800/domains/convenioandresbello.org/public_html/tabla/wp-content/plugins/acciona-tde-data-categorias-pais/acciona-tde-data-categorias-pais.php on line 36

Warning: Undefined variable $content in /home/u922723800/domains/convenioandresbello.org/public_html/tabla/wp-content/plugins/acciona-tde-data-categorias-pais/acciona-tde-data-categorias-pais.php on line 36

Warning: Undefined variable $content in /home/u922723800/domains/convenioandresbello.org/public_html/tabla/wp-content/plugins/acciona-tde-data-categorias-pais/acciona-tde-data-categorias-pais.php on line 36

Warning: Undefined variable $content in /home/u922723800/domains/convenioandresbello.org/public_html/tabla/wp-content/plugins/acciona-tde-data-categorias-pais/acciona-tde-data-categorias-pais.php on line 36

Warning: Undefined variable $content in /home/u922723800/domains/convenioandresbello.org/public_html/tabla/wp-content/plugins/acciona-tde-data-categorias-pais/acciona-tde-data-categorias-pais.php on line 36

Warning: Undefined variable $content in /home/u922723800/domains/convenioandresbello.org/public_html/tabla/wp-content/plugins/acciona-tde-data-categorias-pais/acciona-tde-data-categorias-pais.php on line 36

Warning: Undefined variable $content in /home/u922723800/domains/convenioandresbello.org/public_html/tabla/wp-content/plugins/acciona-tde-data-categorias-pais/acciona-tde-data-categorias-pais.php on line 36

Warning: Undefined variable $content in /home/u922723800/domains/convenioandresbello.org/public_html/tabla/wp-content/plugins/acciona-tde-data-categorias-pais/acciona-tde-data-categorias-pais.php on line 36

Warning: Undefined variable $content in /home/u922723800/domains/convenioandresbello.org/public_html/tabla/wp-content/plugins/acciona-tde-data-categorias-pais/acciona-tde-data-categorias-pais.php on line 36

Warning: Undefined variable $content in /home/u922723800/domains/convenioandresbello.org/public_html/tabla/wp-content/plugins/acciona-tde-data-categorias-pais/acciona-tde-data-categorias-pais.php on line 36

Paraguay

Nombre oficial: República del Paraguay
Institución: Ministerio de Educación y Cultura
Página web: http://www.mec.gov.py
Facebook: www.facebook.com/MECDigital
Twitter: @MECpy

1.1 Descripción del país

Nombre:

República del Paraguay

Capital:

Asunción

Ubicación:

La República del Paraguay es un país situado en la zona central de América del Sur.

Límites:

Limita con Argentina por el sureste, sur, suroeste y oeste; con Bolivia al norte y noroeste; y con Brasil al este y noreste.

Constitución Nacional:

Promulgada el 20 de junio de 1992

Idioma oficial:

Español y Guaraní

Extensión del país:

75 420 km2

Población:

7.152.703 Habitantes

Division Territorial:

Su territorio está subdividido políticamente en 17 departamentos; la ciudad de Asunción -que es la más poblada del país- es la Capital de la República y asiento de los poderes del Estado; se constituye en Municipio, y es independiente de todo Departamento.

Gentilicio:

Paraguayo, paraguaya

1.2 Datos demográficos

La población de Paraguay se distribuye irregularmente por el territorio. La mayor parte de los paraguayos viven en la región oriental, siendo el Departamento Central, con la mayor cantidad de población, seguido de los departamentos de Alto Paraná e Itapúa. El Chaco o Región Occidental, que abarca aproximadamente el 60 % del territorio, da casa a menos del 2 % de lapoblación. La población es producto del mestizaje de la cultura guaraní y europea.

Año

Población

Año

Población

2000

5,284,480

2013

6,559,027

2001

5,385,022

2014

6,657,232

2002

5,484,610

2015

6,755,756

2003

5,583,484

2016

6,854,536

2004

5,681,872

2017

6,953,646

2005

5,779,769

2018

7,052,983

2006

5,877,323

2019

7,152,703

2007

5,974,666

2020

7,252,672

2008

6,071,781

2021

7,353,038

2009

6,168,757

2022

7,453,695

2010

6,265,877

2023

7,554,796

2011

6,363,276

2024

7,656,215

2012

6,461,041

2025

7,758,263

Población paraguaya a través del tiempo.

1.3 Organización Administrativa

El Ministerio de Educación y Ciencias es el órgano rector del sistema educativo nacional y como tal, es responsable de establecer la política educativa nacional en concordancia con los planes de desarrollo, conforme lo dispone la Constitución Nacional y la Ley Número 1264/98 “GENERAL DE EDUCACIÓN” y otras normas tales como el Plan Nacional de Desarrollo Paraguay 2030, Plan Nacional de Educación 2024 y la Ley N.o 5749/2017 “Carta Orgánica del Ministerio de Educación y Ciencias”

1.     Ministro (a) de Educación

2.     Viceministros

3.     Direcciones Generales

4.     Direcciones de niveles

1.4 Estructura del sistema educativo

El sistema incluye la educación de régimen general (formal, no formal y refleja), la educación de régimen especial y otras modalidades de atención educativa.

La educación básica en Paraguay es aquella que todas las personas precisan para su realización y desarrollo personal, así como para el ejercicio de una ciudadanía activa, su inclusión social, el pleno empleo y la capacidad de seguir aprendiendo durante toda la vida.

La Educación Básica incluye los siguientes niveles y modalidades:

·      La educación inicial

·      La educación básica

·      La educación media

·      La educación de personas jóvenes y adultas

1.5 Marco Normativo

La Constitución Nacional del año 1992, reconoce la dignidad humana con el fin de asegurar la libertad, la igualdad y la justicia, reafirmando los principios de la democracia republicana, representativa, participativa y pluralista, ratificando la soberanía e independencia nacionales, e integradas a la comunidad internacional.

La Ley N.o 1264/1998 “General de Educación”, establece los principios generales para la educación pública y privada del Paraguay, y otorga a la educación un lugar prioritario para la consolidación de la democracia, la disminución de las desigualdades y la apertura de nuevas oportunidades para todas y todos los habitantes del país. Asimismo, garantiza la igualdad de oportunidades para acceder a los beneficios de la educación.

El Plan Nacional de Desarrollo Paraguay 2030, es un documento estratégico que permitirá cumplir con el mandato constitucional establecido en el Artículo 177 que establece que “Los planes nacionales de desarrollo serán indicativos para el sector privado, y de cumplimiento obligatorio para el sector público”.

El Plan Nacional de Educación 2024, es la hoja de ruta del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), todas las acciones del MEC están enmarcadas en tres ejes de trabajo: 1) Igualdad de oportunidades. 2) Calidad de la Educación. 3) Gestión de políticas educativas.

La Ley N. 5749/2017 “Carta Orgánica MEC”, tiene por objeto establecer la estructura orgánica, las funciones y los órganos que conforman el Ministerio de Educación y Ciencias.

1.6 Estadísticas del sector

Tabla 4. Numero de instituciones, estudiantes por género discriminados por modalidad de educación

Niveles

Cantidad de instituciones educativas

Estudiantes matriculados por nivel

Plantel docente

Inicial

5.922

186.116

9.190

Educación Escolar Básica

8.043

980.233

57.915

Educación Inclusiva

74

2.123

821

Educación Media/ Técnica

2.074

241.591

25.325

Educación Permanente

1.313

95.352

6.223

Total

10.357

1.501.879

76.249

Fuentes: MEC-DGPE. RUE 2018 corte de base 17/12/2018

Tabla 5. Instituciones educativas, estudiantes y docentes por nivel educativo

Nivel/ Modalidad

Instituciones Educativas

Total Docentes

Total Estudiantes

Educación Escolar Básica

7.978

58.160

972.506

Educación Media

2.703

27.780

241.591

Total General

16.621

96.480

1.412.731

Fuentes: MEC-DGPE. RUE 2018 corte de base 17/12/2018

1.7 Sistema de Matrícula

La matriculación de los estudiantes en las instituciones educativas es realizada por el padre, madre o adulto responsable. Los estudiantes se registran en el Registro Único del Estudiante (RUE) en el mes de febrero del año lectivo. Se realizan en etapas considerando procesos administrativos, pudiendo extenderse el periodo por todo el año lectivo.

2.1 Áreas fundamentales

En la Educación Inicial y Educación Escolar Básica, el currículum tiende al desarrollo de competencias, definido como “la integración de capacidades (aptitudes, conocimientos, destrezas, habilidades y actitudes), para la producción de un acto resolutivo eficiente, lógico y éticamente aceptable en el marco del desempeño de un determinado rol”.

En la Educación Media, los aprendizajes por evidenciar refieren a las capacidades establecidas a nivel nacional, departamental e institucional por disciplina y por curso y a las competencias generales establecidas para el nivel.

En el plan común y plan específico los aprendizajes a ser valorados por disciplinas manifestarán las capacidades establecidas a nivel nacional, departamental e institucional, mientras que en el plan optativo se valorará la adquisición de las capacidades establecidas por disciplina a nivel institucional.

2.2 Proceso de Convalidación

EDUCACIÓN ESCOLAR BÁSICA (EEB)

Certificado de estudios, emitido por las autoridades educativas del país emisor conteniendo la información académica completa debidamente legalizada.

Asimismo, se expide el reconocimiento de estudios con áreas o materias pendientes de aprobación. En este caso, se concede exámenes extraordinarios para regularizar lo pendiente de aprobación.

A estudiantes provenientes de países con quienes nuestro país no mantiene relaciones diplomáticas ni culturales, se exigirá como requisito indispensable:

-Documento académico correspondiente autenticado por autoridades competentes del país emisor y en algunos casos y conforme normativa vigente se concede exámenes de ubicación. No es un proceso que afecte todos los casos.

Las pruebas de admisión para la ubicación del estudiante en el nivel escolar que le corresponda, será resolución mediante del órgano ministerial competente.

Las pruebas para ser administradas versarán fundamentalmente sobre competencias básicas del programa de estudios vigente de las asignaturas de contenido universal como Matemática, Comunicación y Ciencias Naturales. Este proceso tendrá por función esencial detectar la capacidad del alumno para ubicarlo en el nivel escolar que le corresponde.

Sobre la bases de la detección concretada, la autoridad competente formulará resolución señalando los grados que se le reconocen como aprobados y en consecuencia el nivel educacional a que corresponde ser admitido.

Dicha resolución servirá de documentación para la inscripción del alumno en un establecimiento escolar.

EDUCACIÓN MEDIA (EM)

1)    Certificado de Estudios Analítico o Histórico Escolar Original: hasta el último año/curso completo realizado. El mismo debe contar con:

i)      Visación de las Autoridades Educacionales del país emisor.

ii)     Visación del Consulado Paraguayo del país de procedencia.

iii)   Legalización de firma en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Departamento de Legalizaciones – Asunción Paraguay.

iv)   Legalización de firma en el Ministerio de Educación y Ciencias, Departamento de Legalizaciones – Asunción Paraguay.

v)     O con la Apostilla de la Haya para aquellos países asociados al convenio.

 

2)    Fotocopia autenticada por escribanía del Certificado de Estudios Analítico o Histórico Escolar hasta el último año/curso completo realizado, con los sellos de los trámites mencionados en el punto 1.

3)    Fotocopia de la Resolución de Reconocimiento, de sus estudios de la Escolar Básica, autenticada por Escribanía o por la Dirección emisora, en los casos que los estudios realizados en el exterior incluya la Educación Escolar Básica, parcial o total (en caso de no haber culminado el Bachillerato)

4)    Certificado de Nacimiento Original, si es paraguaya o fotocopia autenticada por Escribanía o Juzgado de Paz para extranjeros.

5)    Fotocopia autenticada por Escribanía del Documento de Identidad (Cédula de Identidad, Pasaporte, Carnet Diplomático o Radicación en el país)

6)    Fotocopia autenticada por Escribanía del Carnet de Admisión Temporal o Permanente vigente, si es extranjero y no posee cédula de identidad paraguaya.

APOSTILLA DE LA HAYA

Para aquellos países asociados al convenio:

·      Fotocopia autenticada por escribanía del Certificado de Estudios Analítico o Histórico Escolar hasta el último año/curso completo realizado, con los sellos de los trámites mencionados en el punto 1.

·      Fotocopia de la Resolución de Reconocimiento, de sus estudios de la Escolar Básica, autenticada por Escribanía o por la Dirección emisora, en los casos que los estudios realizados en el exterior incluya la Educación Escolar Básica, parcial o total (en caso de no haber culminado el Bachillerato)

·      Certificado de Nacimiento Original, si es paraguaya o fotocopia autenticada por Escribanía o Juzgado de Paz para extranjeros.

·      Fotocopia autenticada por Escribanía del Documento de Identidad (Cédula de Identidad, Pasaporte, Carnet Diplomático o Radicación en el país)

·      Fotocopia autenticada por Escribanía del Carnet de Admisión Temporal o Permanente vigente, si es extranjero y no posee cédula de identidad paraguaya.

TIEMPO DE ESPERA

Educación Escolar Básica: 10 días hábiles máximo

Educación Media:20 días hábiles máximo

Costo

Se abona un arancel, según normativa establecida para el efecto.

Responsables del Proceso de Convalidación

El nivel de Educación Escolar Básica cuenta con el Departamento de Políticas y Normativas y el nivel de Educación Media cuenta con el: Departamento de Gestión Administrativa, ambos departamentos se encargan del proceso, y la Dirección competente emite las resoluciones correspondientes.

2.3 Calendario

El calendario escolar se establece anualmente a través de una resolución ministerial. El año escolar se divide en dos semestres, el inicio de las actividades escolares es en el mes de febrero y se extiende hasta el mes de noviembre, los periodos son establecidos en dos etapas escolares:

Tabla 7. Calendario escolar

CALENDARIO ESCOLAR

Primera Etapa:

de febrero a junio

Segunda Etapa:

de julio a noviembre

Días escolares: 184 mínimos.

Las instituciones educativas, tanto públicas como privadas, se rigen por el Calendario Educativo Nacional. Algunas instituciones educativas de gestión privada desarrollan el calendario internacional que inicia en agosto y culmina en junio.

2.4 Escala de Calificaciones

Tanto en el nivel de Educación Básica como en el Nivel Medio, el nivel de aprendizaje del estudiante se expresa por medio de una escala numérica de calificación de 1 (uno) a 5 (cinco).

El estudiante se promueve con la calificación mínima de 2 (dos).

2.5 Evaluación y Promoción

Educación Escolar Básica y Educación Media

El currículum tiende al desarrollo de competencias, definido como “la integración de capacidades (aptitudes, conocimientos, destrezas, habilidades y actitudes), para la producción de un acto resolutivo eficiente, lógico y éticamente aceptable en el marco del desempeño de un determinado rol”.

·      Ordinario: Todos los estudiantes que han registrado en todas las áreas/disciplinas la calificación mínima 2 (dos) en el año lectivo, deberán promocionarse de forma automática al grado/curso inmediato superior, a través del sistema RUE.

·      Complementario: Los estudiantes que obtengan calificación 1(uno) hasta en el 100% de las áreas y/o disciplinas del periodo ordinario, tienen derecho a ser examinados/as en el periodo complementario. El estudiante se promueve con la calificación mínima 2 (dos).

Regularización: Los estudiantes del Bachillerato Científico y Técnico que obtengan calificación 1(uno) hasta en el 30% de las áreas y/o disciplinas del periodo complementario, tienen derecho a ser examinados/as en el periodo de regularización. El estudiante se promueve con la calificación mínima 2 (dos). Los estudiantes del 3° al 9° grado de la Educación Escolar Básica que obtengan calificación 1(uno) hasta en el 50% de las áreas y/o disciplinas del periodo complementario, tienen derecho a ser examinados/as en el periodo de regularización. El estudiante se promueve con la calificación mínima 2 (dos).

Excepción:

Para los estudiantes del 1o y 2o grado de la Educación Escolar Básica que obtengan la calificación 1(uno) en el periodo complementario hasta en el 50% de las áreas y/o disciplinas, este periodo se extenderá durante todo el grado inmediato superior.

2.6 Certificados y Titulaciones

Para la Educación Escolar Básica

Al culminar el 9° grado de la Educación Escolar Básica el estudiante recibe un Diploma de culminación y el certificado de antecedentes académicos, expedidos y refrendados por el director de la escuela. (Esta normativa se aplica a todas las especialidades y modalidades del Tercer Ciclo)

Para la movilidad estudiantil en este nivel se requiere la presentación del Certificado de Antecedentes Académicos.

Para la Educación Media

Los alumnos que cursen satisfactoriamente los tres años de la Educación Media en cualquiera de sus modalidades de bachillerato, recibirán el título de bachiller. Para obtener este título será necesaria la evaluación positiva en todas las materias prescritas en el diseño curricular del Ministerio de Educación y Ciencias para todas las instituciones educativas.

Además, reciben el Certificado de Estudios donde constan las calificaciones obtenidas en cada disciplina y curso expedidos y refrendados por el director de la institución educativa y visados por la supervisión de control y apoyo administrativo correspondiente.

Los estudiantes que hayan concluido su formación profesional media, recibirán el certificado en la especialidad. Para continuar con estudios del nivel superior, deberán satisfacer las pruebas que garanticen la competencia adecuada, de acuerdo con los reglamentos vigentes.

Los formatos para los documentos lo establece el Ministerio de Educación y Ciencias.

3.1 Requisitos para el ingreso a la educación superior

La Ley N. 4995/2013, es la que regula la educación superior como parte del sistema educativo nacional, en ella se define los tipos de instituciones que lo integran, establece sus normativas y los mecanismos que aseguren la calidad y la pertinencia de los servicios que prestan las instituciones que lo conforman, incluyendo la investigación.

Los requisitos mínimos para el acceso a la Educación Superior son:

·      Certificado de Estudios y Titulación que acrediten haber concluido la Educación Media, los mismos deben estar visados y legalizados por la autoridad competente.

·      En caso de las universidades, considerando la Ley 4995/2013 en el marco de la autonomía de estas instituciones, establecen el régimen de admisión, permanencia, y promoción de los estudiantes.

·      Para los estudiantes extranjeros, los mismos deben contar con la titulación y el certificado de estudios del país de origen con la Apostilla o en su defecto legalizado por el consulado.

3.2 Estadísticas de la educación superior

Estadísticas no disponibles

Documentos de consulta

[wpfd_category id="16"]

Información Países