Panamá

Nombre oficial: República de Panamá
Institución: Ministerio de Educación
Página web: http://www.meduca.gob.pa/
Facebook: http://www.facebook.com/meduca
Twitter: @Meduca_Panama
Dirección: Villa Cárdenas, Ancón. Ciudad de Panamá.

1.1 Descripción del país

Nombre: República de Panamá
Capital: Ciudad de Panamá
Ubicación: América Central
Límites: Limita al norte con el mar Caribe, al sur con el océano Pacífico, al este con Colombia y al oeste con Costa Rica. Une a América del Sur con América Central, su territorio es montañoso, solamente es interrumpido por el canal de Panamá
Constitución del país: 1972
Idioma oficial: Español
Extensión del país: 75 420 km2
Población: 4,127,077 Habitantes

1.2 Datos demográficos

Pirámide Poblacional:

Población actual 2018: 4, 127,077 habitantes.

Masculina: 2, 079,032, 54.4 %

Femenina: 2, 048,045, 49.6 %

Crecimiento poblacional: 34,262.

Migración neta: 3,120

1.3 Organización Administrativa

Ministerio de Educación

Direcciones Nacionales

Direcciones Regionales de Educación

Centros Educativos

1.4 Estructura del sistema educativo

Primer Nivel de Educación Básica General

Segundo Nivel

Preescolar

Primaria

Premedia

Educación Media

Prejardín

Jardín de Infancia

1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º

7º, 8º, 9º

10º, 11º, 12º

Primer Nivel o Educación Básica General

El subsistema regular, se organiza en tres (3) niveles:

- Primer Nivel de Enseñanza o Educación Básica General: es de carácter universal, gratuito y obligatorio, con una duración de once (11) años e incluye:

Educación Preescolar: Pre-Jardín (cuatro años de edad)

Jardín de Infancia (cinco años).

Educación Primaria: con una duración de seis años de escolaridad (1° a 6° grado).

Educación Pre-media: con una duración de tres años de escolaridad, (7°,8° y 9° grado).

- Segundo Nivel de Enseñanza o Educación Media: es de carácter gratuito con una duración de tres (3) años de escolaridad, (10°, 11° y 12° grado).

- Tercer Nivel de Enseñanza o Educación Superior: post media, no universitaria y universitaria.

1.5 Marco Normativo

Ley N° 47 del 2 de octubre de 1946, Orgánica de Educación.

Ley N° 34 del 6 de julio de 1995, deroga, modifica, adiciona y subroga, artículo de la Ley 47.
Decreto Ejecutivo N° 161del 6 de octubre de 1997: por el cual fue creada la Dirección Nacional de Tercer Nivel de Enseñanza o Superior.

Decreto Ejecutivo N° 176 del 26 de octubre de 1998: Establece las disposiciones sobre expedición de diplomas y certificados por los centros Educativos Oficiales y Particulares.

Decreto Ejecutivo N° 50 del 23 de marzo de 1999: Reglamenta el funcionamiento de los centros de enseñanza superior oficiales y particulares, y se dictan otras disposiciones.

Decreto N°1 del 4 de febrero de 2000: Establece la normativa para la educación inclusiva de la población con necesidades educativas especiales (NEE).

Ley N° 50del 1 de noviembre 2002, modifica, subroga y adiciona artículos a la Ley 47

Decreto N° 305, de 30 de abril de 2004, aprueba artículo único de la Ley 47.

Decreto Ejecutivo N° 810 de 11 de octubre de 2010: Reglamenta la inscripción de los estudiantes en los centros educativos oficiales y particulares.

Decreto Ejecutivo N° 1134 de 22 de diciembre de 2010: Modifica los artículos 4 y 5 del Decreto Ejecutivo 810 de 11 de octubre de 2010.

Decreto Ejecutivo N° 949 del 28 de octubre del 2011: Reglamenta el funcionamiento de Universidades e Instituciones de Educación Superior a distancia y la implementación de planes y programas de estudio a distancia.

Decreto Ejecutivo N° 1225 del 21 de octubre de 2015: Norma el reconocimiento de estudios mediante la convalidación y reválida.

1.6 Estadísticas del sector

Número de instituciones educativas

Cantidad de escuelas y docentes del sector Oficial por Región Educativa

Región Educativa

Numero de Escuelas

Docentes

Total

3,258

45,321

Bocas del toro

192

2,810

Chiriquí

448

6,305

Coclé

345

3,582

Colón

199

3,216

Comarcas

464

4,382

Darién

165

1,118

Herrera

193

1,617

Los Santos

163

1,360

Veraguas

489

4,532

1.7 Sistema de Matrícula

Según el Decreto Ejecutivo No. 810 Artículo 3: la inscripción de los estudiantes en los Centros Educativos Oficiales y Particulares será realizada por el padre, madre o un adulto responsable. La persona que inscriba al estudiante en el centro educativo tendrá la denominación de acudiente y será el representante legal del estudiante en el Centro Educativo.

Para inscribir al estudiante por primera vez en el Centro Educativo, el acudiente deberá llenar el formulario de inscripción, entregar el certificado de nacimiento y dos (2) fotos tamaño carné.

Los estudiantes con necesidades educativas especiales (NEE) están incluidos en las aulas regulares y se le aplican las adecuaciones curriculares respectivas. (Decreto N°1 del 4 de febrero de 2000)

2.1 Áreas fundamentales

  • Educación Básica General: primer nivel de enseñanza, está integrada por tres etapas con sus respectivas áreas:

  • 1. La etapa Preescolar comprende tres áreas: la Socio Afectiva, Cognoscitiva o lingüística y la Psicomotora, en atención a criterios del desarrollo humano: La Educación Básica General según el plan de estudio, desde primaria, se organiza en tres áreas: Humanística, Científica y Tecnológica.

    • Área Humanística: Busca fortalecer la cultura nacional, así como los aspectos sociales y económicos, sin olvidar los valores. Se incluyen asignaturas como: Español, Religión Moral y Valores, Ciencias Sociales, Inglés y Expresiones Artísticas.

    • Área Científica: Permitirá al estudiante obtener los conocimientos científicos y prácticos que le servirán de apoyo para su desenvolvimiento en el área de las ciencias y reforzamiento de la salud física y mental. Se incluyen asignaturas como: Matemática, Ciencias Naturales y Educación Física.

    • Área Tecnológica: Los estudiantes podrán profundizar su formación integral con un amplio refuerzo en la orientación y exploración vocacional de sus intereses y capacidades en la perspectiva del desarrollo científico y tecnológico actual. A partir de tercer grado a noveno se incluye la asignatura de Tecnología, así:

    2. La etapa de Primaria, desde tercer grado a sexto grado, comprende las asignaturas: Familia y Desarrollo Comunitario, Agropecuaria y Artes Industriales.

    3. La etapa de Premedia comprende las áreas de: Familia y Desarrollo Comunitario, Agropecuaria, Artes Industriales y Comercio.

    Educación Media, segundo nivel de enseñanza:

    La Educación Media (Bachillerato), es el tramo del sistema que posee rasgos muy particulares que lo diferencian de la Educación Básica General, tanto en las intencionalidades como en la oferta educativa. Estas particularidades son las que permiten los propósitos y la estructura de este nivel.

    “El segundo nivel de enseñanza o educación media es de carácter gratuito y diversificado, con una duración de (3) años lectivos” (Ley 47, de 1946, Orgánica de Educación, artículo: 81)

    El Plan de estudio de cada Bachillerato se estructura considerando las tres (3) áreas de formación: Humanística, Científica y Tecnológica.

    En el décimo grado (10°) se ofrece una formación común, con asignaturas para la formación integral del estudiante.
    Con la transformación curricular a partir del año 2009, se crean 16 bachilleratos. Los planes de estudios presentan diversificación en las áreas antes señaladas. En este nivel se consideran asignaturas establecidas por Ley como: las Ciencias Sociales (Historia de Panamá, Historia de las Relaciones entre Panamá y los Estados Unidos de América, Cívica), Ética, Español e Inglés.

    En el área Científica, todos los bachilleratos contemplan las asignaturas de Matemática y Educación Física. Además, en esta área, el Bachillerato en Ciencias incluye asignaturas como: Biología, Física y Química; el Bachillerato en Humanidades: las Ciencias Naturales Integradas y los Bachilleratos Industriales: las Ciencias Naturales Integradas, Química y Física.

    En el área Tecnológica, los bachilleres comprenden las siguientes asignaturas: Tecnología de la Información y la Comunicación, Gestión Empresarial y Formulación y Evaluación de Proyectos.

    Los bachilleratos del área Técnica: Comercio, Industrial, Servicio y Gestión Institucional y Agropecuaria; el área científica y tecnológica incluye asignaturas, laboratorios y talleres según la orientación técnica del bachillerato.

2.2 Proceso de Convalidación

El proceso está determinado por el Decreto Ejecutivo N° 1225 de 21 de octubre de 2015. Según los artículos 3, 4 y 5, éste se realizará mediante la petición del solicitante (debe ser un adulto), ya sea por los acudientes o personas autorizadas que representen a los estudiantes cuando son menores de edad. El reconocimiento se realizará mediante el análisis comparativo y equivalencia de la información académica que acredite los estudios cursados, de acuerdo con los planes y programas de estudios del sistema educativo panameño del nivel correspondiente.

Requisitos:

1. Certificado de nacimiento original del país de procedencia debidamente autenticado y pasaporte vigente.

2. En el caso de la Convalidación, original de los créditos (calificaciones) de los grados cursados y aprobados del nivel correspondiente, debidamente autenticados por el Ministerio de Educación del país de origen y legalizado, el último grado, ya sea por la Apostille o por la Certificación en el Consulado Panamá en el país de procedencia.

3. En el caso de Reválida, original del diploma y créditos (calificaciones) debidamente autenticados por el Ministerio de Educación del país de origen y legalizado, el último grado), ya sea por la Apostille o por la Certificación en el Consulado Panamá en el país de procedencia.

4. Los créditos deberán venir acompañados con la escala de calificación o valoración utilizada, y el promedio mínimo de aprobación y promoción., según normativa del país de origen.

Datos de las Oficinas:

El trámite está descentralizado en las Direcciones Regionales de Educación de las Provincias. Cada Regional debe contar con una oficina y el personal requerido para los trámites de Convalidación y Reválida. El trámite y certificación que se efectúe en una Región Educativa, tiene validez en cualquier otra del país.

El reconocimiento finalizará mediante la Certificación de Convalidación o de Reválida refrendada por la autoridad de la Dirección Regional de Educación.

Costo:

El trámite de reconocimiento de estudios (convalidación) de Educación Básica General y Media, el costo es de B/ 5.00 balboas y para el trámite de equivalencia de títulos o certificados de estudios de bachiller (reválida) es de B/ 15.00 balboas. (Reglamentado por ley).

2.3 Calendario

La duración del año escolar es de 210 días y se establece anualmente mediante un resulto que indica el inicio y la finalización de este.

Períodos Académicos: el año escolar se divide en tres (3) períodos o trimestres, con una semana de receso escolar al finalizar el primer y segundo trimestre.

Existen dos calendarios:

1. El Oficial: Para todos los centros Educativos del Estado. Un gran porcentaje de Centros Educativos Particulares, también se acogen a este calendario.

En el calendario oficial las clases se inician a finales del mes de febrero o principios del mes de marzo, y finaliza antes del veinticinco (25) de diciembre.

2. Calendario Internacional: En el sector de Educación Particular (Privada), hay un porcentaje de Centros Educativos que se acogen a éste calendario. Generalmente las clases inician en el mes de agosto y finalizan en el mes de junio.

2.4 Escala de Calificaciones

Educación Inicial o Preescolar

Los criterios de valoración son cualitativos para Pre-Jardín y Jardín de Infancia:

LHL: Lo he logrado
LEL: Lo estoy logrando

LVL: Lo voy a lograr

Educación Básica General (Primaria y Premedia) y Educación Media

La escala de calificación para los Centros Educativos Oficiales y Particulares es de uno (1.0) a cinco (5.0).

Para la calificación trimestral y anual se mantendrán los décimos que resulten como promedio:

5.0 a 4.6 = Excelente

4.5 a 4.0 = Bueno
3.9 a 3.0 = Regular
2.9 a 1.0 = Deficiente

2.5 Evaluación y Promoción

El proceso de evaluación se realiza a través del año escolar, trimestralmente, en todos los niveles del sistema educativo.

En la Etapa de Educación Inicial se efectúa una evaluación cualitativa, continua, integrando las tres áreas de desarrollo del niño.

En la Educación Básica General y Educación Media, la evaluación es cuantitativa o numérica; la escala de valoración es de 1.0 a 5.0, manteniendo los décimos que resulten del promedio, siendo tres (3.0) la evaluación mínima de aprobación para la promoción.

En la etapa de primaria la promoción es por grado, el estudiante debe tener tres (3.0) como promedio general, mínimo, para ser promovido al grado inmediato superior. En la etapa de Premedia y Media, la evaluación es por asignatura y se obtendrá del promedio de las calificaciones de los tres períodos trimestrales. La calificación mínima para ser promovido es de tres (3.0) por asignatura.

2.6 Certificados y Titulaciones

Los certificados y diplomas los expide y refrenda el director cada Centro Educativo, y posteriormente el Director Regional de Educación. Al terminar la Educación Básica General (Noveno grado), se entrega un certificado de culminación de ésta.

En Educación Media, al finalizar los tres años (Décimo, Undécimo y Duodécimo) se expide un diploma de acuerdo con la oferta o modalidad de estudio del bachiller, ya sea en Ciencias, Humanidades, Comercio, Técnicos, otros.

El formato para los certificados y diplomas está normado por Decreto Ejecutivo N°176 de 26 de octubre de 1998.

3.1 Requisitos para el ingreso a la educación superior

Requisito para aspirantes panameños:

·      Créditos/calificaciones de décimo y undécimo grado para la admisión, luego los de duodécimo al graduarse,

·      Diploma de bachiller

·      Cédula o certificado de nacimiento si es menor de edad.

·      Fotos tamaño carné (4).

Fase 1, inscripción al proceso de admisión y prueba psicológica.

Fase 2, aplicación de pruebas de capacidad académica y prueba de conocimientos generales.

Fase 3, entrega de resultados.

Requisitos para estudiantes extranjeros que ingresan a la Universidad de Panamá:

· Carta de solicitud de cupo, dirigida a la Secretaria General, anotando la carrera que desea tomar y datos generales.

·Diploma y créditos de secundaria (Educación Media) debidamente autenticados por las autoridades diplomáticas consulares panameñas acreditadas en el país de origen y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Panamá o por el Sello de la Apostille.

·      Reválida del Bachillerato por parte del Ministerio de Educación en Panamá

·      Una (1) foto tipo carné.

·      Pasaporte o carné de Migración.

·      Si es estudiante de convenios deberá traer la nota de postulación de su país. Realizar las pruebas de Admisión de la Universidad de Panamá.

3.2 Estadísticas de la educación superior

Estadísticas no disponibles

4.1 Fuentes de Consulta

Ley orgánica de Educación de 1946: http://www.meduca.gob.pa/sites/default/files/2016-01/1946_ ley_00047_25042_2004.pdf

Página web del Ministerio de Educación de Panamá:http://www.meduca.gob.pa/

Página web de la Universidad de Panamá:https://upanama.up.ac.pa/

Página web de la Universidad Tecnológica:http://www.utp.ac.pa/

Documentos de consulta

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