Venezuela

Nombre oficial: República Bolivariana de Venezuela
Institución: Ministerio de Educación
Página web: http://www.me.gob.ve
Facebook: www.facebook.com/Ministeriodelpoderpopularparalaeducacion
Twitter: @MPPEDUCACION
Dirección: Esq. de Salas a Caja de Agua, Edif. Sede del MPPE Parroquia Altagracia, Caracas.

1.1 Descripción del país

Nombre:

República Bolivariana de Venezuela

Capital:

Caracas

Ubicación:

Situada en la parte septentrional de América del Sur, constituido por una parte continental y por un gran número de islas pequeñas e islotes en el mar Caribe

Límites:

Limita al norte con el mar Caribe, al este con el Océano Atlántico y Guayana, al sur con Brasil y al suroeste y oeste con Colombia.

División Geopolítica:

La División Político Territorial es: 23 Estados, 1 Distrito Capital y 72 Dependencias Federales compuestas por 311 islas, cayos e islotes.

Idioma oficial:

Español

Extensión del país:

48,311 km2

Población:

31.304.016 Habitantes

Gobierno:

República Federal y Presidencialista, gobernada según la Constitución, adoptada en 1999.  Se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad. El cual establece en su Artículo 136 su estructura: El Poder Municipal, Poder Estadal y Poder Nacional.

1.2 Datos demográficos

Población de Venezuela (1961-2013)

Población

31.304.016

Nacionalidad

Densidad

34 habitantes/km2

Nacionalidad

Venezolano/a

Tasa de crecimiento

1,24 %

Mayoría étnica

Mestizos y blancos (95.2 %)

Tasa de natalidad

19,2 ‰

Idiomas

Tasa de mortalidad

5,3 ‰

Oficial

Español y Lengua de señas venezolana

Esperanza de vida

73,7 años

Hablados

Español, lenguas indígenas, alemán coloniero

•Varones

70,0 años

•Mujeres

77,2 años

Tasa de fertilidad

2,32
hijos/mujer (2017)

Tasa de mortalidad infantil

13.78 ‰

Tabla 2. Datos demográficos Venezolanos

1.3 Organización Administrativa

Ministro de Educaciòn

Viceministros

Direcciones Generales

Zonas Educativas

Instituciones o Centros Educativos.

1.4 Estructura del sistema educativo

Subsistema de Educación Básica

1. NIVELES

2. DESCRIPCION

3. EDADES

Educación Inicial

Etapa Maternal:

De seis (6) meses a dos (2) años y once (11) meses.

Etapa Preescolar:

De tres (3) años hasta seis (6) años de edad o hasta la edad en que ingrese en el Nivel de Educación Primaria.

Educación Primaria

Educación Primaria.

Duración de 6 años

1er. Grado: siete (7) años

2do. Grado: ocho (8) años

3er. Grado: nueve (9) años

4to. Grado diez (10) años

5to. grado once (11) años

6to. Grado doce (12) años

Educación Media

*Media General.

Duración de cinco años (de primero al quinto año) conduce a la obtención del Título de Bachiller.

1er año: trece (13) años

2do año: catorce (14) años

3er año: quince (15) años

4to año: diez y seis (16)

5to año: diez y siete (17) años

**Media Técnica

Duración de seis años (de primero a sexto año) conduce a la obtención del Título de Técnico Medio de acuerdo con la especialidad y mención correspondiente.

1er año: trece (13) años

2do año: catorce (14) años

3er año: quince (15) años

4to año: diez y seis (16) años

5to año: diez y siete (17) años*

6to año: dieciocho (18) años **

Tabla 3. Estructura del sistema educativo

1.5 Marco Normativo

Ejes estratégicos del Plan Nacional de Educación

El Ministerio del Poder Popular para la Educación (MPPE), como ente rector y orientador del sistema educativo del Estado venezolano, tiene la finalidad de dar cumplimiento a las políticas públicas educativas fundamentales para el proceso de refundación de la Patria, enmarcadas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), la Ley Orgánica de Educación (LOE) y la Ley del Plan de la Patria 2013-2019 (Plan de Desarrollo Social y Económico de la Nación 2013-2019), en correspondencia con las cinco (5) líneas de acción para el fortalecimiento del Sistema Educativo Nacional, dictada por el presidente de la República Bolivariana de Venezuela:

·      Comunidad Escolar

·      Revolución Productiva

·      Deporte y Salud

·      Proceso de Calidad Educativa

·      Revolución Cultural y Pedagógica

Líneas estratégicas

Durante estos años el Gobierno Bolivariano ha demostrado con hechos concretos su compromiso con la educación a través de un conjunto de políticas, planes y programas que han permitido brindarles a nuestras niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas, adultos y a sus familiares, las mejores condiciones de aprendizaje para su desarrollo integral. En este proceso, el mayor logro ha sido la inclusión en la edu- cación como un derecho humano. Es necesario seguir profundizando en la labor pedagógica y didáctica para atender los grandes retos de una cultura ciudadana para la soberanía, la democracia participativa y protagónica, profundamente solidaria y productiva.

Para asumir estos retos y con la finalidad de continuar avanzando en la pro-undización de la calidad educativa, en el logro de los propósitos y fines educativos, para el año escolar 2017-2018 presentamos tres grandes líneas estratégicas: Transformación Pedagógica, Constituyente Educativa, y Consolidación de la Venezuela Potencia

1.6 Estadísticas del sector

Tabla 4. Planteles y matrícula de niveles y modalidades período escolar 2017-2018

Planteles por Dependencia

Oficial o Pública

     24.411

Privada

       5.001

Total Planteles 

      29.412

Matrícula por Niveles Educativos

Inicial

1.786.221

Primaria

3.312.560

Media General

2.084.140

Media Técnica

   175.971

Matrícula por Modalidades

Jóvenes, Adultos y Adultas

   265.000

Especial

     40.977

Total General de Matrícula

7.664.869

1.7 Sistema de Matrícula

Estados

Total de instituciones

Total de docentes

Matricula inicial

Matricula primaria

Matricula técnica

Total de estudiantes indígenas

Amazonas

442

522

8.153

25.013

10698,00

43864

Anzoátegui

37

349

739

2.098

931,00

3874

Apure

97

182

293

2.549

439,00

3281

Bolívar

319

997

1.125

12.232

2759,00

40775

Delta Amacuro

109

873

3.779

9.537

1395,00

15002

Monagas

32

317

835

2.070

235,00

3093

Mérida

16

23

138

463

85,00

636

Sucre

92

452

3.119

5.836

3996,00

17951

Zulia

769

17.934

25.968

72.054

16413,00

114435

Total

1.913

21.649

44.149

131.852

36951,00

242911

Tabla 5. Resumen nacional de instituciones intercultural (etnia) por nivel y modalidad 2017-2018

2.1 Áreas fundamentales

ÁREA DE FORMACIÓN

PRIMER AÑO

SEGUNDO AÑO

TERCER AÑO

CUARTO AÑO

QUINTO AÑO

Castellano

x

x

x

x

x

Inglés y otras lenguas extranjeras

x

x

x

x

x

Matemáticas

x

x

x

x

x

Educación Física

x

x

x

x

x

Arte y Patrimonio

x

x

-

-

-

Ciencias Naturales

x

x

-

-

-

Física

-

-

x

x

x

Tabla 6. Nivel de Educación Media General

ÁREA DE FORMACIÓN

PRIMER AÑO

SEGUNDO AÑO

TERCER AÑO

CUARTO AÑO

QUINTO AÑO

Química

-

-

x

x

x

Biología

-

-

x

x

x

Ciencias de la Tierra

-

-

-

-

x

Geografía, Historia y Ciudadanía

x

x

x

X

x

Formación para la Soberanía Nacional

-

-

-

x

x

Orientación y Convivencia

x

x

x

x

x

Participación en Grupos de Creación, Recreación y Producción.

x

x

x

x

x

2.2 Proceso de Convalidación

Transferencia de Estudios:

Es el procedimiento mediante el cual el Director le otorga validez legal a los estudios realizados en Educación Básica en el país o exterior al objeto de la prosecución de estudios de las y los estudiantes en ese plantel. (Ministerio del Poder Popular para la Educación. (Ministerio del Poder Popular para la Educación. Circular N°. 04 de fecha 30 de marzo de 2007)

La solicitud de Transferencia de Estudios se hará ante la Dirección del Plantel al inicio del año escolar. En el Nivel de Educación Media (1ro a 3er año) hasta tres meses después de haberse iniciado el año escolar y en la Modalidad de Educación de Jóvenes Adultas y Adultos hasta un mes después de haberse iniciado cada período escolar.

Las normas y procedimientos relativos a la Transferencia y la Equivalencia de Estudios la cual determina la validez legal, a los fines de prosecución de estudios similares de un Plan de Estudio en los Niveles y Modalidades del Subsistema de Educación Básica en Venezuela, cursado y aprobado en el Extranjero, con las asignaturas similares de un Plan de Estudio diferente, de ese mismo Nivel o Modalidad.

Reconocimiento de certificados, títulos o diplomas de los estudios básicos y medios

La solicitud la hará la o el interesado ante la Coordinación de Registro y Control Académico de la Zona Educativa de los estados del país.Los requisitos son los siguientes:

·      Planilla de solicitud.

·      Fotocopia legible del original de la Cédula de Identidad, Carnet Diplomático o Pasaporte.

·      Fotocopia legible con vistas al original de la Partida de Nacimiento.

·      Original y fotocopia legible del Certificado, Título de Diplomas legalizado.

·      Original y fotocopia legible de las Certificaciones de Calificaciones Legalizadas.

La Coordinación de Registro y Control Académico de las Zonas Educativas hará el reconocimiento del Certificado, Título o Diploma de los estudios Básicos y Medios mediante oficio dirigido a la o el interesado.

La Coordinación de Registro y Control Académico elaborará una constancia de calificaciones. En esta constancia deben aparecer todas las asignaturas distribuidas por año o por semestre de acuerdo con Plan de Estudio que le dio derecho al Título, Certificado o Diploma de Estudios Básicos y Medios. Para la asignación de las calificaciones de las asignaturas se aplicará lo establecido en la tabla de conversiones correspondiente.

Legalización de los estudios

Las Zonas Educativas de los 24 Estados de Venezuela asumen la legalización de los documentos probatorios de estudio.

Los requisitos para la solicitud de la Transferencia de Estudios

Estudios Cursados y Aprobados en el Exterior

·      Fotocopia legible con vistas al original de la Cédula de Identidad, Carnet Diplomático o Pasaporte, visa de residente o de transeúnte vigente.

·      Fotocopia legible con vistas al original de la Partida de Nacimiento.

·      Original y Fotocopia legible de la Certificación de Calificaciones legalizada, entendiendo por legalización el trámite mediante el cual el Consulado de Venezuela, en el país donde se emite la Certificación de Calificaciones, certifica la autenticidad de la firma y bajo qué carácter ha actuado la persona que firma.

·      Si la Certificación de Calificaciones no está elaborada en Idioma Castellano debe ser traducida por un Intérprete Público Colegiado de la República Bolivariana deVenezuela.

·      Escala de Calificaciones del País de procedencia.

A partir del 16 de Mayo de 1999, se suprimió la exigencia de la legalización de la Certificación de Calificaciones que hayan sido elaborados en los países signatariosde los Documentos Públicos extranjeros, hecho en La Haya, el 5 de Octubre de 1961. En vez de la Legalización se introduce una medida de control única, requerida como exigencia, que consiste en colocar un sello o estampilla llamada Apostille por parte del país donde se elaboró la Certificación (Gaceta Oficial N.o 36.446, del 5 de Mayo de 1998).

Equivalencia de Estudios:

Es el procedimiento mediante el cual el Ministerio del Poder Popular para la Educación, determina la validez legal, a los fines de prosecución de estudios similares de un Plan de Estudio del Nivel de Educación Media (4to, 5to y 6to año) y la Modalidad de Jóvenes, Adultas y Adultos cursado y aprobado en el país o en el extranjero, con las asignaturas similares de un Plan de Estudio diferente, de este mismo nivel. (Ministerio del Poder Popular para la Educación. Circular N° 05 de fecha 30 de marzo de 2007).

La solicitud de Equivalencia la hará el interesado: Si es extranjera ante la Coordinación de Registro Control Académico de la Zona Educativa.

Los requisitos para la solicitud de la Equivalencia de Estudios

Si la Equivalencia es extranjera:

a)     Fotocopia legible del original: Cédula de Identidad, Carnet Diplomático o Pasaporte, Visa de Transeúnte vigente o Visa de Residente.

b)    Fotocopia legible del original de la Partida de Nacimiento.

c)     Original y Fotocopia legible de la Certificación de Calificaciones legalizada, entendiendo por legalización el trámite mediante el cual el Consulado de Venezuela, en el país donde se emite la Certificación de Calificaciones, certifica la autenticidad de la firma y a qué título ha actuado la persona que firma.

A partir del 16 de Mayo de 1999, se suprimió la exigencia de la legalización de la Certificación de Calificaciones que han sido elaborados en los países signatarios de los Documentos Públicos extranjeros, hecho en la Haya, el 5 de Octubre de 1961. En vez de la Legalización se introduce una medida de control única, requerida como exigencia, resultante de colocar un sello o estampilla llamado Apostille por parte del país donde se elaboró la Certificación (Gaceta Oficial N° 36.446, del 5 de Mayo de 1998).

d)    Si la Certificación de Calificaciones no está elaborada en Idioma Castellano debe ser traducida por un Intérprete Público Colegiado de la República Bolivariana de Venezuela.

e)    Escala de Calificaciones del país de procedencia.

Ubicación de los estudiantes:

1.     Si tiene uno o más años totalmente aprobados se le reconocerán todas las asignaturas que se correspondan con el nuevo plan, se inscribirá en el año inmediato superior y las asignaturas no concedidas serán presentadas mediante la forma de evaluación de equivalencia.

2.     Si tiene un año cursado con una asignatura pendiente y esta asignatura está con- templada en el nuevo Plan de Estudio se inscribirá en el año inmediato superior. Las asignaturas no concedidas como la pendiente serán presentadas mediante la forma de evaluación de equivalencia.

a)     Si la asignatura pendiente no está contemplada en el nuevo plan se le aplicará el mismo tratamiento que el numeral 1

3.     Si tiene dos o más asignaturas pendientes de un año del Plan de Procedencia se le autorizará a inscribirse en el mismo año en el nuevo plan y se le reconocerán las aprobadas del Plan de Procedencia contempladas en el nuevo Plan y cursará todas las demás del nuevo plan.

4.     Para la ubicación de los(las) estudiantes en la modalidad de Educación de Adultos, se aplicarán las disposiciones anteriores en cuanto sean aplicables.

5.      Concesión de Asignaturas: Para la concesión de las asignaturas debe tomarse en cuenta que el contenido programático sea similar.

6.     Forma de Evaluación de Equivalencia:

6.1  Al inicio del año escolar el Director del Plantel nombrará los Docentes Tutores por año y asignatura encargados del proceso de evaluación de equivalencia.

6.2   El proceso de evaluación de equivalencia se llevará a cabo durante todo el año escolar.

6.3  En un primer momento el(la) Docente – Tutor aplicará a los estudiantes que presentarán evaluación de equivalencia una Evaluación Diagnóstica que le permita determinar las competencias adquiridas y no adquiridas.

6.4  En base a los Resultados de la Evaluación Diagnóstica el(la) Docente – Tutor, el estudiante, el padre, madre o representante planifican en forma conjunta las actividades educativas que le permitan al estudiante adquirir las competencias no adquiridas.

6.5   A medida que se van realizando las actividades educativas el(la) Docente – Tutor(a) aplica evaluación formativa para determinar en qué medida el estudiante va adquiriendo las competencias, esta evaluación le va a permitir al Docente – Tutor(a), conjuntamente con el estudiante, padre, madre o representante reorientar el proceso en caso de ser necesario.

6.6  Una vez cumplidas las actividades planificadas el(la) Docente – Tutor(a) aplicará la estrategia de evaluación de equivalencia, si el estudiante no aprueba esta evaluación servirá de diagnóstico para reiniciar el proceso de evaluación de equivalencia. Este hecho no impedirá al estudiante la presentación de las evaluaciones de las asignaturas que cursa, pero la validez de estas evaluaciones estará condicionada a la aprobación de la evaluación de equivalencia.

6.7  En caso de evaluación por equivalencia de ciudadanos(as) no cursantes el procedimiento lo llevará a cabo la Coordinación de Registro y Control Académico de la Zona Educativa de los estados del país, durante todo el año escolar.

Reconocimiento de certificados, títulos o diplomas de los estudios básicos y medios

La solicitud la hará la o el interesado ante la Coordinación de Registro y Control Académico de la Zona Educativa de los estados del país. Los requisitos son los siguientes:

·       Planilla de solicitud.

·       Fotocopia legible del original de la Cédula de Identidad, Carnet Diplomático o Pasaporte.

·       Fotocopia legible con vistas al original de la Partida de Nacimiento.

·       Original y fotocopia legible del Certificado, Título de Diplomas legalizado.

·       Original y fotocopia legible de las Certificaciones de Calificaciones Legalizadas.

La Coordinación de Registro y Control Académico de las Zonas Educativas hará el reconocimiento del Certificado, Título o Diploma de los estudios Básicos y Medios mediante oficio dirigido a la o el interesado.

La Coordinación de Registro y Control Académico elaborará una constancia de calificaciones. En esta constancia deben aparecer todas las asignaturas distribuidas por año o por semestre de acuerdo con Plan de Estudio que le dio derecho al Título, Certificado o Diploma de Estudios Básicos y Medios. Para la asignación de las calificaciones de las asignaturas se aplicará lo establecido en la tabla de conversiones correspondiente.

2.3 Calendario

CALENDARIO ESCOLAR Y VACACIONES

Calendario

Para todos los Niveles del Subsistema de Educación Básica y Modalidades del Sistema Educativo, el Periodo Escolar es de cuarenta (40) semanas para un total de doscientos (200) días hábiles: comprendidas entre el primer día hábil de la segunda quincena del mes de septiembre y el último día hábil del mes de julio del año siguiente.

Vacaciones

Para todos los Niveles del Subsistema de Educación Básica y Modalidades del Sistema Educativo: Vacaciones Escolares: desde el 1ero (1) de agosto hasta el quince (15) de septiembre. Asueto Navideño: desde el primer día hábil de la segunda quincena del mes de diciembre hasta el primer día hábil de la segunda semana del mes de enero.

Tabla 8. Calendario escolar

2.4 Escala de Calificaciones

Nivel de Educación Primaria

Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación (2003) en su Artículo 98. La evaluación será un proceso de valoración del desarrollo del niño. Consistirá en la apreciación cualitativa de su desarrollo integral, en función de las siguientes áreas: cognoscitiva, socio-emocional, psicomotora, del lenguaje y física.

Nivel de Educación Básica

Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación (2003) en su Artículo 108. La expresión cualitativa de la evaluación de los alumnos de las dos primeras Etapas de Educación Básica se hará de manera descriptiva, en forma global y en términos literales, de la siguiente forma:

Literal

Apreciación

A

El alumno alcanzó todas las competencias y en algunos casos superó las expectativas para el grado.

B

El alumno alcanzó la todas las competencias previstas para el grado.

C

El alumno alcanzó la mayoría de las competencias previstas para el grado.

D

El alumno alcanzó algunas de las competencias previstas para el grado, pero requiere de un proceso de nivelación al inicio del nuevo año escolar para alcanzar las restantes.

E

El alumno no logró adquirir las competencias mínimas requeridas para ser promovido al grado inmediatamente superior.

Tabla 9. Escala literal de evaluación cualitativa

En el marco de la Circular Número 07 de fecha 09 de octubre de 2007, donde expresa el procedimiento a seguir para expresar el resultado de la evaluación final en el subsistema de Educación Primaria. Se utiliza la siguiente tabla de conversión:

A

19-20

B

16-18

C

13-15

D

10-12

E

01-09

Tabla 10. Conversión alfa-numérica

Nivel de Educación Media General y Media Técnica

En el marco de la Resolución DM/Número 033 de fecha 23 de agosto de 2017, publicada en la Gaceta Oficial número 41.221 de fecha 24 de agosto de 2017, donde establece la implementación y aplicación del Plan de Estudio en el Nivel de Educación Media General, el cual se desarrolla a partir de este año escolar 2017-2018 en las instituciones educativas públicas, dependientes del ejecutivo nacional, estatal y municipal, y en las instituciones educativas de administración privada. Se evalúa de forma cualitativa y cuantitativamente. La expresión Cuantitativa de la calificación obtenida por la o el estudiante, se expresará mediante número entero comprendido en la escala de uno (1) al veinte (20), ambos inclusive. En todo caso la calificación mínima aprobatoria de cada asignatura o similar será de diez (10) puntos. Cuando al afectar los cómputos se obtuvieron fracciones decimales de cincuenta centésimas(0,50) o más se adoptará el número inmediato superior. La expresión Cualitativa será para las Áreas de Formación Orientación y Convivencia y la de Participación en Grupos de Creación, Recreación y Producción. Según la expresión obtenida por la o el estudiante de acuerdo al literal:

Literal

Apreciación

A

Evidencia un excelente desarrollo de sus potencialidades, tomando en cuenta su participación individual y colectiva, durante los procesos de aprendizajes.

B

Evidencia un buen desarrollo de sus potencialidades, tomando en cuen- ta su participación individual y colectiva. Debe continuar fortaleciendo los procesos de aprendizajes.

C

Evidencia un satisfactorio desarrollo de sus potencialidades, tomando en cuenta su participación individual y colectiva. Requiere reorientación para la consolidación de los procesos de aprendizajes

D

Evidencia un aceptable desarrollo de sus potencialidades, tomando en cuenta su participación individual y colectiva. Requiere reforzar y reorien- tar para la consolidación de los procesos de aprendizajes.

Tabla 11. Escala literal de evaluación cualitativa

2.5 Evaluación y Promoción

Nivel de Educación Inicial

La evaluación en el Nivel de Educación Inicial es un proceso continuo y holístico donde intervienen todos los actores y factores de este, forma parte de la planificación como proceso global y es el principal instrumento del educador o educadora para tomar decisiones curriculares, ya que suministra información, en lo que se refiere a la marcha general del proyecto educativo integral comunitario, al proceso de desarrollo y aprendizaje de niños y niñas, así como, como a su propio desempeño.

En el Nivel de Educación Inicial, la evaluación del desarrollo y de los aprendizajes del niño y la niña entre 0 y 6 años es concebida como un proceso permanente de valorización cualitativa de los aprendizajes adquiridos y de sus potencialidades, así como de las condiciones del entorno que los afectan (ME, 2002). Este proceso de evaluación es individualizado, ya que cada niño o niña es un ser único que se desarrolla en un colectivo social-cultural. Tiene como base de comparación los aprendizajes esperados que deben desarrollar los niños y las niñas en su contexto. En este sentido, la evaluación tendrá por objeto:

-       Valorar el proceso de aprendizaje del niño y la niña, identificando los cambios que se suceden durante este proceso.

-       Conocer las condiciones del entorno (familiar, comunitario, institucional) que facilitan o limitan el aprendizaje del niño y la niña, para propiciar un ambiente que potencie su proceso de formación.

-       Identificar las posibilidades del currículum para contribuir al desarrollo integral del niño y la niña.

-       Ofrecer a las familias, docentes, personal directivo y demás adultos significativos, los elementos de juicio para una cabal comprensión del niño y la niña, con el fin de brindarle una atención integral.

Evaluación diagnóstica:

Su propósito es conocer el punto de partida y dar pautas para planear la mediación pedagógica. Permite apreciar los conocimientos, experiencias y aprendizajes previos que poseen los niños y niñas, mediante la observación de lo que realizan sin ayuda y de lo que pueden realizar con ayuda. Esto facilitará identificar la distancia entre dichas adquisiciones y lo que se espera que adquieran al finalizar un período escolar. Por otra parte, el diagnóstico permite conocer los elementos del entorno sociocultural que inciden en lo que el niño y la niña saben y hacen.

Evaluación continua y formativa:

Se realiza durante todo el período escolar, con la finalidad de reconocer o identificar los aprendizajes y nivel de desarrollo alcanzado por los niños y niñas después de un período de mediación pedagógica. En este momento, la evaluación servirá como base para planear estrategias que favorezcan el logro de nuevos aprendizajes o avanzar hacia la consolidación de los que están en proceso. Del mismo, modo permite valorar la eficacia del ambiente de aprendizaje y la actuación del docente en los logros o limitaciones del proceso educativo.

Evaluación final:

Consiste en comparar los resultados obtenidos al concluir el período escolar con los propuestos a su inicio. Permite identificar los aciertos y limitaciones de la acción pedagógica para formular nuevas propuestas en la planificación del trabajo para el siguiente período. En cada nuevo año escolar se considerará la experiencia del anterior, con el propósito de que la mediación de los adultos significativos y del entorno sea más acertada y que facilite la redefinición de estrategias para lograr los aprendizajes esperados de los niños y niñas y por ende los avances y progresos en su desarrollo humano. (Educación Inicial. Bases Curriculares. Febrero 2005)

Nivel de Educación Primaria

En el marco de la Circular N° 07 de fecha 09 de octubre de 2007, donde expresa el procedimiento a seguir para expresar el resultado de la evaluación final en el subsis- tema de Educación Primaria.

Para la prosecución escolar de estudiantes de 1° a 2° grado se procederá de la siguiente manera:

·      El (la) docente llevará del registro descriptivo de cada estudiante, en el cual reflejará de manera cualitativa los aprendizajes alcanzados, el progreso evolutivo y los rasgos desarrollados.

·      El registro tendrá su expresión en el boletín informativo y este debe proporcionar suficiente información tanto a los padres, madres y/o representantes como al o la docente del grado inmediato superior acerca de los avances y logros de los niños y niñas, de manera del que le permita la toma de decisiones y la reorientación del proceso de aprendizaje.

Para la promoción de estudiantes de 3° a 6° grado se procederá de la siguiente manera:

           

·      El (la) docente procederá de la misma forma que para los y las estudiantes de 1° a 2° grado, es decir llevará el registro descriptivo de cada niño y niña y expresará la evaluación de un boletín informativo.

·      Al finalizar el año escolar el o la docente promoverá o no al estudiante, utilizando la escala literal contemplada en el Artículo 108 del reglamentoGeneral de la Ley Orgánica de Educación.

·      La Escala Literal a la que se refiere el numeral anterior deberá reflejar aspectos que evidencien los avances y logros alcanzados por los y las estudiantes.

·      Las fallas detectadas y sus causas.

·      La actividad creadora y capacidad crítica que se observó en el/la estudiante.

·      La participación de o la estudiante en su propia formación y aprendizaje.

En ningún caso la escala literal deberá considerarse como evaluación cuantitativa ni ésta expresar calificación alguna.

Para los y las estudiantes que cursan el 6° grado de Educación Primaria se aplicará al finalizar el año escolar el procedimiento anterior pero se utilizará la tabla de conversión.
La expresión cualitativa y cuantitativa será reflejada en la Planilla de Resumen Final del Rendimiento Estudiantil de Educación Primaria, la cual será elaborada en Original y 2 copias y consignadas a la Zonas Educativa 15 días hábiles luego de finalizada la evaluación correspondiente.

Para estudiantes de 1° a 5° grado no se le llenará la casilla correspondiente a la expresión cuantitativa.

Nivel de Educación Media General y Media Técnica

La evaluación se hará por asignaturas o áreas de formación y se expresará el resultado en términos cuantitativos y cualitativos. En todo caso el proceso de evaluación es permanente, integral y cooperativo, por cuanto requiere un análisis de los aprendizajes, intereses y actitudes, referentes éticos de las y los estudiantes para estimular su desarrollo y tomar decisiones que faciliten la reorientación de dicho proceso. La evaluación debe informar a los docentes con la mayor precisión posible, los avances de los aprendizajes, las fortalezas, las debilidades, los errores y el tratamientos de éstos para convertirlos en procesos de aprendizaje, la continuidad de las estrategias utilizadas y la variedad de elementos que se consideran; es decir, la evaluación le permite informarse y compenetrarse en las actividades de las y los estudiantes, además de observar su propio trabajo, reajustar el progreso del proceso educativo y retroalimentar el aprendizaje de las y los estudiantes.

Las y los estudiantes de los Niveles de Educación de Media General y Media Técnica serán promovidos al año inmediato superior cuando hayan aprobado con diez (10) o más puntos todas las asignaturas o áreas de formación del año que cursen.

2.6 Certificados y Titulaciones

Formato Estándar

Para el Nivel de Educación Media General y Educación Media Técnica, la Modalidad de Jóvenes Adultas y Adultos y Misión Ribas:

La entrega de las Certificaciones de Calificaciones se realiza una vez el estudiante haya culminado su escolaridad o cuando así lo requiera. La expresión cualitativa y cuantitativa será reflejada en la Planilla de Resumen Final del Rendimiento Estudiantil de Educación Media General y de Educación Media Técnica, la cual será elaborada en Original y 2 copias y consignadas a la Zona Educativa 15 días hábiles luego de finalizada la evaluación correspondiente.

Para los que estudian de 1ero a 5to año en el Nivel de Educación Media General, al finalizar el año escolar se le otorga el Título de Bachiller. Para los que estudian de 1ero a 6to año del Nivel de Educación Media Técnica, al finalizar el año escolar se le otorga el Título de Técnico Medio en la Especialidad y Mención correspondiente.

Para el Nivel de Educación Inicial y Educación Primaria

Constancia de Prosecución entre Grupos del Nivel de Educación Inicial: se hace entrega a las niñas y niños del Nivel de Educación Inicial, cuando haya cursado la Primera y Segunda Etapa de Preescolar del Nivel de Educación Inicial.

Certificación de Estudios del Nivel de Educación Inicial: se hace entrega a las niñas y niños una vez haya cursado la Tercera Etapa de Preescolar del Nivel de Educación Inicial.

Constancia de Prosecución entre Grados del Nivel de Educación Primaria: se hace entrega a las niñas y niños del Nivel de Educación Primaria que hayan cursado y aprobado los grados de 1ero a 5to.

Certificado de Educación Primaria: se hace entrega a las niñas y niños del Nivel de Educación Primaria que hayan cursado y aprobado 6to grado, para ser promovidos al 1er año del Nivel de Educación Media.

3.1 Requisitos para el ingreso a la educación superior

Único requisito para la prosecución de estudios a nivel superior o universitario:

Título de Bachiller o Técnico Medio en la Mención o Especialidad correspondiente.

Haber aprobado la totalidad de las áreas, asignaturas o similares del Plan de Estudio del Nivel de Educación Media General, del Nivel de Educación Media Técnica, la Modalidad de Jóvenes, Adultas y Adultos y la Misión Ribas . Así como también haber cumplido con los requisitos de carácter administrativo establecido por el Ministerio del Poder Popular para la Educación.

3.2 Estadísticas de la educación superior

Estadísticas no disponibles

4.1 Fuentes de Consulta

Ministerio del Poder Popular para la Educación:

·      Viceministerio de Educación.

·       Dirección General de Registro y Control Académico

Dirección: Caracas, Municipio Libertador, Parroquia Altagracia, Esquina de Salas

Teléfono: 0212-5068027/0212-5068118

Correos: vem.mppe1@gmail.com / dirección.gen.rcamppe@gmail.com

Zona Educativa del estado Amazonas:

·      División de Supervisión Educativa.

·      Coordinación de Registro Académico.

Dirección: Av. Evelio Roa cruce con calle Atabapo, Edf. Centro Ruarsa piso 3, Municipio Heres.

Teléfono: 0248-5210769

Correos: zeamazonasme@gmail.com/ supervisioneducativaamazonas@gmail.com

Zona Educativa del estado Anzoátegui:

·      División de Supervisión Educativa.

·      Coordinación de Registro Académico.

Dirección: Av. Pedro María Freites. Barcelona.

Correos: supervisioneducativaanzoategui@gmail.com / drceeacademido@gmail.com

Documentos de consulta

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